2015 octubre

La personalidad jurídica tras la conclusión del concurso

20.10.2015
abogados

En los concursos de acreedores de personas jurídicas que finalizan por liquidación o por insuficiencia de masa activa, la Ley Concursal establece en su artículo 178.3 que se acordará la extinción de la persona jurídica y se cancelará su inscripción en los registros públicos que corresponda.

¿Significa esto la definitiva desaparición de estas sociedades del tráfico jurídico?

En la práctica, son muchas las situaciones que plantean dudas una vez que se dicta por el Juzgado de lo Mercantil el Auto acordando la conclusión del concurso [...]

EL BENEFICIO DE LA EXONERACION DEL PASIVO INSATISFECHO TRAS LA ENTRADA EN VIGOR DE LA LEY 25/2015, DE 28 DE JULIO

19.10.2015
juzgado-mercantil

Desde la entrada en vigor de la Ley Concursal era objeto de justificadas críticas el tratamiento dado por el Legislador al concursado persona natural. Concluido el concurso por insuficiencia de masa activa, el deudor persona natural seguía siendo responsable del pago de las deudas no satisfechas con la liquidación de su patrimonio en sede concursal, en aplicación estricta del art. 1.911 del Código Civil.

Aun cuando idéntica previsión se establecía para las personas jurídicas, lo cierto y verdad es que la conclusión del concurso motivaba la extinción de [...]